POLÍTICA DE DENUNCIAS

1. Objetivo

El objeto del presente documento es la presentación de la Política web del Sistema Interno de Información con la finalidad de dar cumplimiento al art. 25 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como en cumplimiento del resto de normativas nacionales que transponen la mencionada directiva en aquellos países en los que opera GRUPO MIRAI.

El mencionado artículo establece “Los sujetos comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley proporcionarán la información adecuada de forma clara y fácilmente accesible, sobre el uso de todo canal interno de información que hayan implantado, así como sobre los principios esenciales del procedimiento de gestión. En caso de contar con una página web, dicha información deberá constar en la página de inicio, en una sección separada y fácilmente identificable”.

En consecuencia, en la página web https://es.mirai.com/es/, https://fr.mirai.com/, https://es.mirai.com/ca/, https://pt.mirai.com/, https://www.mirai.com/home/, http://www.nexiasolutions.es/, https://heraton.es/ se encontrará el presente documento y el acceso al formulario de denuncia.

2. Política web del Sistema Interno de Información

Política del sistema interno de información

En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que transpone a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, conocida comúnmente como Directiva Whistleblowing, así como en cumplimiento del resto de normativas nacionales que transponen la mencionada directiva en aquellos países en los que operamos, GRUPO MIRAI ha implantado un único Sistema Interno de Información común a las entidades que conforman el grupo, con la finalidad de crear un canal de informaciones donde las personas pueden comunicar información sobre irregularidades, así como casos de acoso laboral.

GRUPO MIRAI está formado por las siguientes entidades:

  • MIRAI ESPAÑA, S.L
  • MIRAI USA LLC
  • MIRAIFUTURE PORTUGAL, LDA
  • MIRAI FRANCE, SARL
  • MEXICO MIRAI HOTELIER S DE RL DE CV
  • HERATON SYSTEMS, S.L.
  • NEXIA SOLUTIONS S.L

El Órgano de Administración de MIRAI ESPAÑA S.L. ha designado un Responsable del Sistema Interno de Información, que será la persona encargada de recibir y tramitar todas las comunicaciones recibidas a través de nuestro canal de comunicaciones.

¿Cómo puedo presentar una comunicación?

En el caso de que tenga conocimiento de la comisión de alguna infracción por parte del personal de GRUPO MIRAI, o motivos razonables para pensar que está sucediendo, deberá comunicar dicha circunstancia por escrito a través del portal web en https://demo-4c19318e0bf80d55f2de.factorialhr.es/complaints; adicionalmente, si usted desea comunicar dicha circunstancia de manera presencial ante el Responsable del Sistema Interno de Información de GRUPO MIRAI deberá indicarlo en el apartado de descripción del formulario de comunicación señalado anteriormente.

Le informamos de que tiene derecho a presentar comunicaciones anónimas en el caso de considerarlo oportuno.

En el caso de comunicaciones recibidas en MIRAI ESPAÑA S.L., que estén relacionadas con acoso laboral, será necesario que el informante se identifique, con la finalidad de poder protegerlo como persona acosada.

¿Qué personas están protegidas frente a represalias por presentar una comunicación?

GRUPO MIRAI está totalmente comprometido con el cumplimiento del marco legal vigente, teniendo una posición de tolerancia cero frente a la comisión de irregularidades. Cualquier persona podrá presentar una comunicación a GRUPO MIRAI siempre que tenga conocimiento de la comisión de alguna infracción por parte del personal de GRUPO MIRAI, o motivos razonables para pensar que está sucediendo.

GRUPO MIRAI se compromete formalmente a prohibir cualquier tipo de represalia contra informantes de buena fe.

Los datos personales del informante en ningún caso serán comunicados al denunciado.

¿Sobre qué materias podrá presentar comunicaciones?

El informante gozará de todos los mecanismos de protección por comunicaciones de buena fe relacionadas con las siguientes materias:

  • Contratación pública;
  • Servicios, productos y mercados financieros;
  • Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo;
  • Seguridad de productos y conformidad;
  • Seguridad del transporte;
  • Protección del medio ambiente;
  • Protección frente a radiaciones y seguridad nuclear;
  • Seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales;
  • Salud pública;
  • Protección de los consumidores;
  • Protección de la privacidad y los datos personales;
  • Seguridad de las redes y los sistemas de información;
  • Infracciones que afecten a los intereses financieros de la UE; y
  • Infracciones relativas al mercado interior, incluidas las infracciones en materia de competencia y ayudas otorgadas por los estados miembros de la UE, así como infracciones relacionadas con el impuesto de sociedades, o a prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable del impuesto de sociedades.

Además de las materias específicas indicadas en el listado anterior, también gozarán de protección los informantes de cualquier acción u omisión que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave; especialmente las infracciones relacionadas con quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social, según lo establecido en la normativa vigente española. Así como en cumplimiento del resto de normativas nacionales que transponen la mencionada directiva en aquellos países en los que opera GRUPO MIRAI.

En el caso de que la denuncia esté relacionada con un potencial acoso sexual o por razón de sexo, en MIRAI ESPAÑA S.L., los hechos serán puestos en conocimiento de la Comisión Instructora del Protocolo de Acoso, con la finalidad de tramitar la denuncia conforme al “Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por CONFIDENCIAL Página 6 de 6 VERSIÓN 2 razón de sexo”, debido a la aprobación del mismo. En el resto de las entidades que conforman GRUPO MIRAI, los hechos relacionados con un potencial acoso laboral, acoso sexual o por razón de sexo, se regirán por lo establecido en el presente procedimiento, en caso de no existir un protocolo específico para el mismo.

¿Cómo va a tratar MIRAI las comunicaciones que reciba?

De forma general, GRUPO MIRAI remitirá un acuse de recibido de la comunicación presentada en el plazo máximo de siete días desde la recepción de la misma, y tramitará la comunicación conforme al procedimiento interno de gestión de comunicaciones de GRUPO MIRAI. El plazo máximo de tramitación de comunicaciones será de tres meses, salvo casos de especial complejidad, en cuyo caso el plazo máximo podrá prorrogarse por tres meses adicionales.

El procedimiento de gestión de comunicaciones se rige por los siguientes principios:

  • Tolerancia cero ante la comisión de irregularidades;
  • Tramitación efectiva y diligente de las informaciones recibidas;
  • Tramitación de las informaciones recibidas bajo los principios de objetividad e imparcialidad;
  • Implantación de un canal seguro para la comunicación y gestión de informaciones;
  • Garantía de confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier otro tercero mencionado en las comunicaciones, así como de las actuaciones llevadas a cabo en la gestión de las mismas;
  • Acceso por el personal mínimo imprescindible al contenido de las informaciones recibidas;
  • Garantía de la protección de los informantes de buena fe, impidiendo que puedan ser objeto de cualquier tipo de represalia, amenaza de represalia o tentativa de represalia, por su condición de informantes;
  • Garantía de la protección de las personas afectadas, siendo informadas de las acciones u omisiones que se les atribuyen, respetando su derecho de defensa, su derecho a ser oídos, así como garantizando su derecho a la presunción de inocencia y su derecho al honor; y
  • Garantía de comunicación con carácter inmediato y colaboración con las autoridades competentes de las informaciones cuando puedan ser constitutivas de delito.

Las denuncias relacionadas con situaciones de acoso laboral en MIRAI ESPAÑA S.L. seguirán su propio procedimiento, del que los integrantes de MIRAI ESPAÑA S.L. han sido oportunamente informados.

¿Cómo puedo aclarar dudas relacionadas con el canal interno de información de GRUPO MIRAI?

Estamos a su disposición para cualquier aclaración que necesite relacionada con el canal interno de información de GRUPO MIRAI. Puede ponerse en contacto con el Responsable del Sistema Interno de Información a través de https://demo-4c19318e0bf80d55f2de.factorialhr.es/complaints

Aviso informativo en materia de protección de datos:

Le informamos de que los datos personales que facilite mediante el envío del presente formulario serán tratados por Mirai España, S.L. con la finalidad de gestionar la comunicación. Puede ejercer sus derechos en materia de protección de datos en protecciondatos@mirai.com. Puede obtener información adicional sobre el tratamiento de sus datos en nuestra Política de Denuncias”